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Anulan una condena por conducir drogado basada en el drogotest

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La Audiencia Provincial ha anulado una primera sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres del pasado 14 de enero en la que se condenó a pagar una multa de 1.890 euros, y a estar privado dos años del derecho a conducir a un hombre que tuvo un accidente de tráfico con un coche de la empresa para la que trabajaba y dio positivo en el test de drogas.

El accidente ocurrió en Cáceres a las diez y media de la mañana del 6 de diciembre de 2018. El vehículo Mercedes Benz que conducía se salió de la calzada en la avenida Dulcinea, invadió la isleta central y chocó contra una farola y un semáforo. Causó daños en el mobiliario urbano, tasados en 3.000 euros, que tenía que pagar al Ayuntamiento según la primera sentencia.

Tras el accidente acudió la Policía Local, que procedió a realizar la prueba de detección de drogas al conductor, prueba que dio positivo a cocaína y cánnabis.

Los agentes también señalaron que el conductor presentaba la siguiente sintomatología: pequeño hilo de sangre por el orificio derecho de la nariz, ojos enrojecidos y comisura labial blanquecina.

Una vez que el Juzgado de lo Penal le condenó, su abogado recurrió la condena señalando que no había las suficientes pruebas contra él.

La Audiencia anula la sentencia y le absuelve, al considerar que la prueba indiciaria es insuficiente, ya que se debe proceder a la toma de una nueva muestra para su remisión a un laboratorio homologado «cuyo análisis es el que determinará en definitiva la presencia, o no, de drogas». En este caso, tras el resultado del narcotest se procedió a tomarle una muestra de saliva en un tubo precintado. Se envió a un laboratorio, pero se desconoce el resultado.

Consumía Lorazepan

Dice el tribunal que la sangre bajo la nariz podía ser del propio accidente, y que los ojos enrojecidos y la comisura labial blanquecina (sequedad de labios), podía ser compatible con el consumo de Lorazepan 1 miligramo, que su médico le había indicado que tomara el día anterior al accidente. El tribunal afirma que este medicamento tiene incidencia en las facultades para conducir, estando recomendado no ponerse al volante mientras se toma ese fármaco.

«La sentencia de la Audiencia de Cáceres es novedosa, porque señala que no se puede sustentar una condena por conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, basándose solo en el resultado del narcotest realizado por la policía», afirma al Diario HOY el abogado Carlos Jesús Tovar, que ha ganado el recurso.

La sentencia es firme.

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Muchos años luchando en la sombra para que el cannabis florezca al sol.

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