Cannabis Magazine 215

Según la última encuesta EDADES del PlanNacional Sobre Drogas, son alrededor de cuatro millones las personas usuarias que al menos una vez al año reconocen haber consumido cannabis. Por ello, una parte clave de cualquier propuesta de regulación es la relativa al grueso de la población que normalmente no capitaliza estas propuestas por no estar organizada. En el artículo de este mes nos centraremos en las cuatro cuestiones fundamentales que afectan exclusivamente a estas personas respecto de los productos del cannabis: la tenencia, los límites al acceso, los espacios de consumo y el autocultivo de cannabis. La tenencia de productos del cannabis Vía pública En el actual contexto la tenencia “ilegal” de cannabis en la vía pública está contemplada como una sanción grave en base a la LO 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, por todas conocidas por “ley mordaza”. Esta infracción, actualmente, supone una sanción de entre 601 y 30.000 €. Aunque previsiblemente se estima que la categoría de la sanción se rebaje a leve con la inminente modificación de lamentada ley, lo que implicaría sanciones máximas de 600 €, todavía estaríamos muy lejos de dar seguridad jurídica a las personas usuarias. kues (depositphotos) jeremyn (depositphotos) 25 “ “ SE ESTABLECE UN MÁXIMO3.650 GRAMOS DE SUMIDADES FLORIDAS DE CANNABIS SECAS, 1.000 GRAMOS EN EL CASO DE LAS EXTRACCIONES DE CANNABIS

RkJQdWJsaXNoZXIy NTU4MzA1