Cannabis Magazine 234

drogas en un vehículo puede ser justificada en base a la idea de que considerar un vehículo como un lugar público podría ser una interpretación excesiva de las leyes, en detrimento de nuestros derechos fundamentales. Sin embargo, la aplicación de la ley puede variar según la interpretación del juez y de las particularidades de cada caso, por lo que no se puede considerar automáticamente improcedente una multa de este tipo. Aunque, a nuestro parecer, y considerando a su vez la particular mención que hace a los transportes colectivos, la interpretación del juez fue acertada. Otra de las preguntas que nos suelen hacer es si existe una cantidad mínima de droga que nos libre de la multa o a partir de cuántos gramos la multa aumentaría. Pues bien, la cantidad resulta en la mayoría de los casos irrelevante y, si bien la administración tiene cierta discrecionalidad a la hora de establecer el importe de la sanción, suele aplicar la cuantía mínima. ¿Bondad? No… Si la aumenta debe argumentar la razón y hacer frente a posibles recursos, suponiendo un mayor esfuerzo. Resumiendo, las multas (por ahora) son de 601 euros, quedando en 300,5 con el pago reducido, la cantidad resulta indiferente (salvo que suponga un indicio de tráfico o que existan otros elementos que así parezcan indicarlo, como ya tratamos en otras entregas) y, por desgracia, que la encuentren dentro de nuestro vehículo no nos va a librar automáticamente de la multa. Esperamos haber respondido a tus dudas y que el resto de las cuestiones os sean de interés a ti y a los lectores de Cannabis Magazine. Un saludo desde nuestro estudio jurídico.

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