Cannabis Magazine 236

11. Represalias, actos llevados a cabo para disuadir de informar a las autoridades o para tomar represalias contra quien lo haga. Cualquier acto como amenazar, intentar intimidar o tomar represalias contra una persona que ha informado o aportado evidencia, de buena fe, de una presunta infracción de las normas antidopaje o de un presunto incumplimiento del Código1. Las sustancias prohibidas se diferencian para la AMA, en distintas categorías, a saber: sustancias y métodos prohibidos siempre, sustancias y métodos prohibidos en competición, sustancias prohibidas en ciertos deportes y sustancias de abuso. Según recoge La Lista de Prohibiciones de la AMA, que entró en vigor el 1 de enero de 2022 y que complementa el Código Mundial Antidopaje, todos los cannabinoides naturales y sintéticos, a excepción del cannabidiol (CBD), se consideran “prohibidos en competición”; lo que quiere decir que, salvo que la AMA dicte un período diferente para un deporte determinado, el período “en competición” se extiende desde las 11:59 del día anterior a una competición en la que el deportista tiene programado participar, hasta el final de la competición y el proceso de recolección de muestras. Más concretamente, los cannabinoides que se citan son los siguientes: “en cannabis (hachís y marihuana) y productos de cannabis; tetrahidrocannabinoles (THC) naturales y sintéticos; cannabinoides sintéticos que imitan los efectos del THC”2. Ahora bien, además de recogerse en esta categorización, el THC es contemplado por la AMA como sustancia de abuso (junto con la cocaína, la heroína y la MDMA), aquella de las que se abusa en sociedad, fuera del contexto del deporte. Excepciones a la regla Las normas prohibicionistas que han condenado el cannabis al oscurantismo y a engrosar las listas de sustancias dopantes se han ido flexibilizando con los años e incluso en algunos lugares han sido sustituidas por normas reguladoras de la sustancia, como ha sucedido en muchos estados de los Estados Unidos. Por eso, no es de extrañar que su apreciada Liga Nacional de Baloncesto (NBA) haya aceptado definitivamente aprobar un convenio colectivo por el que dicta la eliminación de controles y sanciones por consumo de cannabis entre los deportistas. Se suma así a otras grandes ligas, como la de béisbol, fútbol americano o hockey sobre hielo. La medida, estrenada en la temporada 23-24, seguirá en vigor al menos otras siete temporadas. Este viraje ya se había producido en la práctica, no obstante, durante la pandemia, y ahora se ha hecho oficial. Hasta la explosión del COVID-19, si un jugador de la NBA daba positivo por consumo de cannabis por primera vez, era apercibido y debía acogerse a un programa de asesoramiento; si daba positivo una segunda vez, debía pagar una multa de 25.000 dólares; y si lo hacía por tercera vez, era penalizado con cinco partidos sin jugar. Algunas de las críticas a estas sanciones han sido protagonizadas por los propios deportistas. Kevin Durant, sin ir más lejos, ha adoptado una postura firme y reivindicativa, buscándose un asesor experto en la materia. “Estamos Kevin Durant (Tsotne0314, CC BY- SA 4.0, Wikipedia) 25 “ “EL THC ES CONTEMPLADO POR LA AMA COMO SUSTANCIA DE ABUSO (JUNTO CON LA COCAÍNA, LA HEROÍNA Y LA MDMA)

RkJQdWJsaXNoZXIy NTU4MzA1