Cannabis Magazine 213

77 mismos, incluyendo la necesidad de practicar un “desnudo” en el registro, que se respete la identidad sexual de las personas, procurando hacer el cacheo siempre en un lugar reservado y fuera de la vista de terceros. También, una de las pretensiones del Ejecutivo es la de restringir de manera drástica el uso del material antidisturbios con peligro potencial de producir lesiones irreparables en los manifestantes, procurándose la utilización de los medios menos lesivos para las personas, en la línea de legislaciones instauradas en algunas comunidades autónomas, como Catalunya, y acorde a los dictámenes internacionales que abogan por los derechos fundamentales. Al hilo de lo anterior, se entenderá que la celebración de manifestaciones no autorizadas previamente y de carácter espontáneo ya no supondrán la comisión de una infracción “cuando el ejercicio pacífico de tal derecho precise de una rápida expresión ante un acontecimiento de indudable repercusión social que no admita demora, siempre que no se cause violencia o alteración del orden público”. Esta disposición acabaría con muchas de las sanciones instruidas durante el último lustro, y que en demasiadas ocasiones han servido como elemento de represión contra los actos de libertad de reunión y expresión que pudiesen incomodar al Gobierno de turno. Otra de las medidas que suponen una novedad afecta, directamente, a la economía de los ciudadanos, más aún en una época en la que nos encontramos, en la que la desigualdad es una tendencia creciente y las perspectivas laborales no resultan especialmente halagüeñas. Tras la controversia generada por la excesiva cuantía de la generalidad de las sanciones pecuniarias establecidas en la “ “ PORTAR SUBSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN ESPACIOS PÚBLICOS, “AUNQUE NO ESTUVIERAN DESTINADAS AL TRÁFICO”, ASÍ COMO EN ESTABLECIMIENTOS, PASARÁ DE SER UNA INFRACCIÓN GRAVE A UNA LEVE macrovector (depositphotos)

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