Cannabis Magazine 219

Por acuerdo con el estudio jurídico Brotsanbert hemos decidido dar respuesta al mayor número de las consultas que nos hacéis llegar, dando prioridad a las más significativas, aquellas que puedan ayudar a un mayor número de lectores. CONSULTORIO LEGAL Ponemos a vuestra disposición un e-mail: [email protected], donde nuestro abogado responderá a vuestras consultas sobre legalidad. 80 Hace unas semanas recibí una notificación de correos, unamulta de 600 euros por pillarme en noviembre fumándome un porro en el polígono de mi pueblo. Cuando recibí la sanción no preste mucha atención a la letra pequeña que hay al final, y hoy me he fijado que ponía que tenía un plazo de quince días para presentar alegaciones, por lo tanto: ¿se me ha pasado el plazo? ¿Hay alguna forma de recurrir si se me ha pasado el plazo? Muchas gracias y un saludo. Un saludo de nuestra parte también para ti. Decir que muchas son las consultas que en este sentido que recibimos, sobre todo las relacionadas con los plazos para recurrir sanciones impuestas por la administración. Esto sirve tanto para las sanciones por tenencia, como para las sanciones por drogotest. En primer lugar, hay que señalar que los hechos planteados son sancionados por una supuesta infracción del artículo 36.16 de la Ley Orgánica 4/2015, del 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, artículo en el que se establecen las infracciones graves en la referida ley. En concreto, el artículo 36.16, infracciones Equipo de redacción del estudio jurídico Brotsanbert

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