Cannabis Magazine 234

Legalidad Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) Nº 1307/2013”. A la vista de la actualización del catalogo publico de nuevos alimentos, se especifica: “que se presentan historial de consumo seguro y significativo aquellos alimentos/productos alimenticios procedentes de las semillas del cáñamo, como las propias semillas, el aceite de semilla de cáñamo, de semilla de cáñamo molturada, etc.”. Y una de las novedades respecto a anteriores comunicaciones de este organismo público viene dada en este párrafo: “Asimismo, la infusión con agua de hojas de cáñamo (no unidas a las sumidades floridas), consumidas como tales o como parte de infusiones herbales, también presentan historial de consumo en la Unión Europea. Por tanto, tales usos no son novedosos, siempre y cuando sean variedades de Cannabis sativaL. con contenido en tetrahidrocanabinol por debajo del 0,3 %. Por tanto, los alimentos/productos alimenticios enunciados pueden ser comercializados en la Unión Europea, por presentar historial de consumo seguro y significativo”. Por lo tanto, hemos de recalcar la importancia de este reconocimiento, demostrándose un historial de consumo en la Unión Europea para la infusión de hojas de cáñamo, y sus múltiples beneficios, esta nueva realidad podría impulsar el mercado europeo a base de cáñamo, aunque aún queda un arduo camino por delante. Otro de los puntos a tratar se fundamenta en lo que se consideran nuevos alimentos en la actualidad, siendo que con respecto a los cannabinoides (CBD, CBDA y CBG), independientemente de su origen natural o sintético, así como los extractos de la planta Cannabis sativaL., se expone: “se consideran nuevos alimentos ya que no se ha podido demostrar historial de consumo significativo ni 78 Elena Schweitzer (depositphotos) “ “ DE ESTE PÁRRAFO SE CONCLUYE QUE TODAS AQUELLAS EMPRESAS QUE DESEEN COMERCIALIZAR EXTRACTOS DE LA PLANTA CANNABIS SATIVA L. DEBERÁN PASAR POR EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO

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