Cannabis Magazine 236

En su momento, y visto desde un punto de vista histórico, la Ley de Seguridad Ciudadana de 19921 significó un salto adelante en relación con los derechos civiles de los consumidores de drogas. Hasta aquel momento, y al amparo de la ley 16/1970, de peligrosidad y rehabilitación social, los "toxicómanos" se encuadraban en la misma categoría no solo con los “ebrios habituales” sino también junto a los vagos, rufianes, proxenetas, los que ejecutaran actos de homosexualidad o los menores de 21 años moralmente pervertidos2. Estos peligrosos individuos eran condenados a métodos de tratamiento tan ambiguos y poco específicos como el "aislamiento curativo en casas de templanza", en consonancia con la moral nacionalcatólica del momento. El texto de la ley no entra en muchos detalles sobre los “ebrios habituales y toxicómanos”, que aparecen citados casi como de pasada, como figuraban en ley previa de la II República (“de vagos y maleantes”). La ley de 1970 aportaba como novedad la “prohibición de visitar establecimientos de bebidas” como castigo a los ebrios habituales, pero no especificaba si los toxicómanos podían seguir acudiendo a los poblaos o durante cuánto tiempo no debían acudir a su dealer habitual. Sería interesante conocer a qué se 83 Las multas son una agresión arbitraria a los usuarios de cannabis La participación ciudadana es imprescindible para el cambio “ “LA LEY MORDAZA GENERA UNA CANTIDAD SUSTANCIOSA DE EUROS EN MULTAS ANUALMENTE

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