Hola, primero decir que no consumo cannabis ni pretendo hacerlo, ya lo probé de joven y no me llamo la atención. Gracias por adelantado. Un saludo
La cosa es tengo un jardín en casa lleno de plantas y flores como cualquier otro jardín, y se me ocurrió poner también unas plantitas de maría sólo por curiosidad, un amigo mío me dio 5 semillas y ya han empezado a asomar los primeros brotes. El problema que tengo es que me han dicho que podría causarme problemas porque dicen que no es legal… que si noseke nosekuanto… y que me van a multar o algo, otros me dicen que no me preocupe porque por tener sólo unas plantas. como mucho. se considera consumo propio y no trafico (quiero recordar que no consumo)
Mi pregunta es si simplemente puedo plantarlas como una planta normal igual que tengo mis tulipanes y mis claveles o si por estar considerada droga me pueden acusar de traficante y “mataniños”, como suele pasar en España con las inteligentes leyes que hacen nuestros legisladores. La verdad es que si me pueden meter en líos no tengo ningún problema en quitarlas, pero me da coraje no poder plantar una planta por las connotaciones que le han dado. ¿No se supone que España es un país libre?
Problemas relativos, con plantas de tamaño ornamental, una cantidad tan pequeña, y considerando que algunas serían machos ante un tribunal, sería absurdo llevar esta causa. Las únicas molestias que podrías tener, para el caso de que entrara la policía a tu casa, el verte tratado –por policías con exceso de celo- como un criminal. Las plantas con contenido relevante de THC son las adultas y hembras, pero eso la policía no lo sabe, si el Tribunal, o si este no lo sabe nosotros se lo intentamos hacer ver.
Para aclararte las ideas, decirte que el delito del que habla, nuestra legislación, en concreto el código penal, en su artículo 368, es el cultivar para después traficar. Pero que pasa, que no se establece una cantidad que ponga barrera entre el número de plantas que se considerarían para tráfico o para otros fines diferentes. Enlazado con esto, responderte que lo mismo es que el cultivo sea para el consumo personal, que como uso ornamental a nivel jurídico. Pero la cuestión es demostrarlo ante unos tribunales para el caso que llegue a esta instancia y, a fecha de hoy, dado que esto no es lo habitual, podría ser una versión entendida como rocambolesca por el juez y, ante la duda condenarte por tráfico, con más probabilidades que para el caso que alegaras consumo. Tal vez si fuera una persona mayor pues sería más acorde con un cultivo ornamental. Como ves no es una respuesta clara, pues nuestra ley no es clara, pero intentando aclararte las dudas en la medida de lo posible, decirte que si la policía se entera que tienes las plantas (ya sea por denuncia de vecinos…) te las incautara, y se iniciara un procedimiento penal que en un 95% de los casos acabara en absolución, salvo que tengas un abogado especializado.