El Fondo Nacional de Estupefacientes adapta el proceso a la RDC 660/2022 tras aclaraciones de Anvisa y exige el Concepto de Fiscalización para envíos a pacientes
El Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE) de Colombia emitió nuevas directrices para la exportación de derivados de cannabis no psicoactivos destinados a uso compasivo en Brasil. La decisión llega tras consultas con Anvisa, el regulador brasileño, y busca adaptar los procedimientos a la normativa brasileña y a las disposiciones internacionales.
El 20 de enero de 2026, la Unidad Administrativa Especial del FNE publicó la Circular Externa 001 de 2026.
El documento introduce cambios relevantes en los requisitos exigidos a los licenciatarios que producen derivados de cannabis para el mercado brasileño, específicamente para uso individual por parte de pacientes. La modificación se produjo tras una aclaración de Anvisa sobre el régimen de importación con fines terapéuticos realizado por personas físicas (individuos), un mecanismo muy utilizado en Brasil y previsto en la Resolución de la Directoria Colegiada (RDC) nº 660/2022.
Esto se debe a que los derivados no psicoactivos de cannabis con THC igual o superior al 0,2% se consideran sustancias sometidas a control dentro de los mecanismos de fiscalización de estupefacientes. En ese sentido, Anvisa aclaró que no emite licencias individuales de importación en los términos de las convenciones internacionales, porque las importaciones basadas en la RDC nº 660/2022 están destinadas exclusivamente a personas físicas para uso propio.
En la práctica, la emisión de licencias de importación está condicionada al reporte ante los organismos internacionales de control de estupefacientes, por lo que el regulador brasileño definió, para estos casos, la expedición de una “Autorización Excepcional Individual”.
“Debido al carácter excepcional destinado a personas físicas, a las restricciones impuestas por la decisión judicial y al elevado número de autorizaciones emitidas mensualmente, se vuelve inviable la emisión de licencias individuales para cada importación, así como el establecimiento de cantidades y, en consecuencia, el reporte de las cantidades importadas a la JIFE (INCB) (…) Por lo tanto, se subraya que las importaciones basadas en la RDC nº 660/2022 solo pueden ser realizadas por personas físicas. En estas situaciones, Anvisa no emite una licencia de importación conforme a las Convenciones Internacionales, sino únicamente una autorización excepcional individual para personas físicas. Bajo el alcance de la RDC nº 660/2022, no existen otros tipos de empresas autorizadas a realizar la importación ni la intermediación de importaciones en este modelo”.
Cambio en los procedimientos de exportación de cannabis desde Colombia
Ante la imposibilidad de obtener licencias formales de importación de Anvisa en estos casos específicos, el FNE colombiano concluyó que no puede seguir emitiendo los certificados tradicionales de exportación para envíos destinados a personas físicas en Brasil, con el fin de ajustarse a lo establecido por las convenciones internacionales.
A partir de ahora, los licenciatarios colombianos deberán solicitar un “Concepto de Fiscalización”, un documento que pasa a ser fundamental para obtener el correspondiente visto bueno de exportación ante el FNE.
Según el Decreto 811 de 2021, este concepto se considera un documento análogo a la autorización o al certificado de exportación, dependiendo del estatus de fiscalización en el país de destino.
“El visto bueno del FNE, en relación con el cannabis no psicoactivo, derivados no psicoactivos de cannabis y productos terminados no fiscalizados, corresponderá al concepto de fiscalización. Este se entenderá como un documento análogo a la autorización de exportación o al certificado de exportación, atendiendo al estatus de fiscalización que el cannabis, los derivados y los productos tengan en el país de destino”.
La Circular Externa 001 de 2026, firmada por el director del FNE, Milver Rojas, entró en vigor en la fecha de su expedición. La medida pretende asegurar que el flujo de productos de cannabis desde Colombia hacia pacientes brasileños continúe dentro de la legalidad, adaptándose a las limitaciones administrativas de las autoridades sanitarias de ambos países.
Acerca del autor
Escritor especializado en cannabis y residente en Miami, combina su pasión por la planta con la vibrante energía de la ciudad, ofreciendo perspectivas únicas y actualizadas en sus artículos.




















