Se trata de un fallo inédito que sienta un importante precedente para todo el país. Hasta el momento la ley sólo habilitan la utilización del cannabis en epilepsias refractarias y no incorporó el autocultiva.
Por primera vez en nuestro país un fallo de la justicia permite a madres cultivar marihuana para uso medicinal sin que se las penalice. El juzgado federal de Rosario N° 2, a cargo de la jueza Sylvia Aramberri, se pronunció a favor de la medida cautelar presentada por las ocho madres.
El fallo sienta un importante precedente porque la ley nacional aprobada en 2017 hasta el momento sólo habilita la utilización del cannabis en los supuestos de epilepsias refractarias y no el autocultivo.
La jueza aseguró que el Estado no está produciendo el aceite de cannabis como dispone la ley y le exige que en el termino de seis meses cumpla con su deber de “plantar, cosechar, cultivar y acopiar” marihuana. “La situación de omisión por parte del Estado legitima la conducta de las amparistas, quienes ante la urgencia en atender las patologías de sus niños, se han visto forzadas a obtener la medicación por otra vías ajenas al resorte Estatal”, afirmó el fallo.
El amparo presentado de forma colectiva contó con el acompañamiento médico y psicológico realizado por la Asociación de usuarios y Profesionales para el Abordaje del Cannabis (AUPAC) en conjunto con la Facultad de Ciencias Médicas, y Bioquímicas y Farmacéuticas, que realiza las cromatografías del aceite.
Originalmente las mamás que solicitaron la medida eran ocho, pero una de ellas quedó excluida porque su hija es mayor de edad, y la otra, Erica Rojas, mentora del proyecto, porque su hijo Santino falleció a la espera de la sentencia. Quienes si podrán cultivar son: Carina Soledad Prieto, Amalia Luciana Rita Angelicola, Natalia Elina Porcile, Natalia Teresita Mola, Natalia Noelia Kaliroff y Fernanda Daniela Masin.
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Muchos años luchando en la sombra para que el cannabis florezca al sol.