Una iglesia considera que la prohibición de la planta en sus rituales es discriminatoria
Además de la discusión sobre el uso de la mariguana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debatirá hoy si se abordará un amparo que pretende avalar el registro de una iglesia cuyos rituales incluyen el uso del peyote, planta alucinógena que está prohibida por la Ley General de Salud.
Fue el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena quien propuso a la Primera Sala reasumir este recurso para resolver el amparo, que fue promovido en 2013 por la organización religiosa luego de que la Secretaría de Gobernación (Segob) les negó el registro como asociación religiosa al grupo denominado Iglesia Nativa Americana de México.
Este recurso cuestiona la constitucionalidad del Artículo 245, fracción I, de la Ley General de Salud, el cual clasifica al sicotrópico que contiene el peyote —mescalina— como una sustancia sin valor terapéutico, susceptible al abuso, y por ello un grave problema para la salud pública.
Ese artículo es el mismo que prohíbe el consumo de mariguana, un señalamiento que el ministro Arturo Zaldívar propuso declarar inconstitucional en un proyecto de sentencia que también podría ser debatido hoy.
Los quejosos de la Iglesia Nativa señalan que se les discrimina frente a comunidades indígenas a las que el Código Penal federal exenta de sanción cuando utilizan peyote u otras plantas y hongos durante sus ceremonias tradicionales.
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