El regulador mexicano asume que varias personas pueden compartir una misma autorización sanitaria, pero subraya que la resolución no abre la comercialización ni despenaliza de forma general el cannabis.
COFEPRIS anunció el 7 de julio que acata la declaratoria de inconstitucionalidad emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que reconocerá autorizaciones sanitarias conjuntas para el autoconsumo lúdico de cannabis y tetrahidrocannabinol en México. La novedad no nace de un rumor sectorial, sino de dos fuentes oficiales que fijan el hecho nuevo: la Corte admite que varias personas puedan ser cotitulares de un mismo permiso y el regulador ya asume ese criterio en su operativa administrativa. El movimiento importa porque toca uno de los debates centrales de la regulación del cannabis en México: cómo convertir la jurisprudencia de la Corte en trámites administrativos viables sin confundir autoconsumo con mercado comercial. La propia COFEPRIS insiste en que la resolución solo ampara el autoconsumo lúdico bajo lineamientos sanitarios y que no reconoce ningún derecho para la comercialización, el suministro, la enajenación o la distribución de cannabis. El comunicado 097/2026 de la SCJN, fechado el 25 de junio, precisa el cambio jurídico de fondo. La Corte concluye que una sola autorización puede extenderse a varias personas siempre que cada una quede expresamente reconocida como titular. Sobre esa base, COFEPRIS añade que las autorizaciones conjuntas protegerán actividades como siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte, siempre dentro del marco definido por la sentencia y por los criterios administrativos del propio organismo. Ese matiz es clave para entender por qué la noticia no equivale a una legalización integral. México ya arrastraba desde hace años un terreno incierto entre jurisprudencia, permisos individuales y falta de ley general cerrada. Ahora hay una novedad documental verificable en menos de 48 horas, pero sigue sin existir una apertura general del mercado ni una vía habilitada para vender cannabis con fines recreativos. En Cannabis Magazine ya habíamos seguido la encrucijada regulatoria del cannabis en México y también la publicación del reglamento del cannabis medicinal. Lo nuevo ahora no es otro debate político abstracto, sino que una autoridad federal confirma cómo aplicará un criterio reciente de la Corte en el terreno práctico de las autorizaciones. La lectura editorial útil para el lector es doble. Por un lado, el fallo reduce fricción para grupos que busquen un permiso compartido y aclara que la cotitularidad ya no queda descartada por defecto. Por otro, mantiene intacto el gran cuello de botella del modelo mexicano: sin reglas completas para comercialización y distribución, la decisión mejora un carril administrativo concreto, pero no resuelve el diseño global del mercado. Para seguir el contexto del cannabis medicinal y regulatorio en español puede consultarse también El Cultivador. En esta pieza, sin embargo, el peso factual recae en la SCJN y en COFEPRIS, que son quienes delimitan tanto el alcance real del permiso conjunto como sus fronteras legales inmediatas.
Acerca del autor
Raúl del Pino es un destacado psiconauta, escritor y autoridad en sustancias psicoactivas, especialmente psicodélicos.
En 1996 impulsó, el primer portal en lengua hispana sobre drogas, se ha enfocado en los Estados Modificados de Conciencia y la Psicología Transpersonal. Autor de los libros "Guía contemporánea para el viaje psicodélico" y "MDMA, sexo y tantra", Raúl combina rigor científico con introspección personal, explorando la relación entre psicoactivos, sexualidad y prácticas espirituales. Su trabajo contribuye significativamente a la comprensión y uso responsable de sustancias psicoactivas.
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