La lucha del pueblo Nativo Lakota para recuperar el cáñamo tradicional (III)

La historia de Alex White Plume, el primer Americano Nativo y Estadounidense en plantar cáñamo industrial tradicional tras la prohibición en EEUU, es una historia dura, de resistencia, entereza y constancia de un ser humano íntegro y consecuente con sus ideales.

Alex comenzó su labor agrícola, muy motivado por el respaldo que le otorgaba el consejo tribal, el cual el día 28 de julio de 1998 estableció la Ordenanza 98-97, que autorizaba a los miembros de la tribu Oglala Sioux Tribe OTS a cultivar cáñamo industrial en los terrenos de la reserva.

La ordenanza se apoya en su propia soberanía como nación que, aunque menospreciada por el gobierno de Estados Unidos, no deja de ser suficiente para que en materia agrícola pueda equiparar sus derechos a países como Canadá, Francia, España, Alemania, Rusia, Inglaterra, China y Australia.

La nación Oglala Lakota (OTS) envió la notificación de su ordenanza al Fiscal de los EEUU comunicándole que la ley de sustancia Controladas de 1970 no puede despojar al pueblo Lakota de su derecho agrícola específico en tierras de la Reserva Pine Ridge u otras. Plantar y cosechar cualquier especie necesaria para garantizar la soberanía alimentaria de su pueblo es un derecho totalmente reservado a su autogobierno, y como ya comentamos en otro capítulo, viene amparado por los antiguos acuerdos de “Ford Laramy de 1868 ”, que otorga plenos derechos en esta materia a los Sioux Lakota.

Por tanto, se consideran atribuidos de la potestad legal de la aplicación de su propio ordenamiento jurídico en materia de cáñamo tradicional, así como del enjuiciamiento según sus leyes sobre delitos de marihuana, asuntos manejados por los Servicios Oglala Sioux en materia de Seguridad Pública, que son los encargados de hacer cumplir la ley. La ordenanza (Nº 98-7) es distinta de la que regula y prohíbe el uso y la proliferación de la marihuana.

La perfección con la que ha legislado el OTS en su ordenanza es tal que incluye el Acuerdo de Libre Comercio de Norteamerica (TLCAN) y el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), ya que ambos clasifican claramente el cáñamo industrial desvinculado del narcotráfico.

Estos antecedentes legales previos al cultivo que realizó Alex White Plume nos proporcionan un marco de referencia del plan ordenado y sistemático que estaba siguiendo el pueblo Lakota antes de la represión del cultivo, y nos colocan en situación de comprender hasta qué grado de injusticia e ilegalidad actuaron las agencias antidroga del gobierno.

Tras esta declaración de intención de cultivo, la DEA exigió al Tribunal del Distrito cercano que informara, a modo de advertencia, a la tribu de que el cultivo violaría la CSA, Controlled Substances Act. Así, el juez Karen Schreier notificó que cualquier acto de cultivo de cáñamo supondría una violación de la ley federal de la CSA y causa de enjuiciamiento.

Esta actitud de la DEA es un despropósito, ya que incluso el cannabis psicotrópico o medicinal -como se quiera catalogar- ha sido objeto de debate sobre si debía ser incluido en la CSA.

Desde el 72, la sociedad médica americana y laica presiona por la despenalización, y porque se desvincule de la heroína y cocaína, incluidas en la lista I de la CSA de Sustancias Controladas y sin usos médicos aceptados, algo que el cannabis sí posee. Por ello, se han realizado tantos esfuerzos de investigación que, ateniéndose a criterios puramente legales, es necesario por parte del gobierno permitir su uso como medicamento, e incluso a retirar la planta del control federal.

De hecho, fue dudosa su inclusión en 1970 por parte del Congreso, asesorado por el Secretario Asistente de Salud, Roger O. Egeberg, que incluso consideraba su inclusión como algo “provisional”.

Sin mayores argumentos, el gobierno se limitó a afirmar que era peligrosa y que debía continuar en la lista, sin aportar información científica concluyente, obviando el procedimiento legal usado para crear las listas de sustancias bajo control federal. El modo en que evita analizar los nuevos datos científicos es absurdo, y por esta razón se ha producido un marco regulatorio tan amplio y operativo como el que existe en Estados Unidos en torno al cannabis, siendo su máximo exponente California.

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Volviendo al cáñamo tradicional plantado por los Lakota, era preciso aclarar lo anterior porque legitima aún más la legalidad, y tanto la DEA como las normativas del CSA estarían fuera de lugar, no digamos ya si tenemos en cuenta la soberanía de la tribu como Nación India Independiente.

Por esta razón, a pesar de la advertencia del gobierno, el Tiyospaye o comunidad Lakota, la gran familia, “El Pueblo”, decidió continuar con la vía de autosuficiencia que el cáñamo les ofrece y lo plantaron a principios del 2000.

El cultivo se realizó en las tierras ancestrales de sus antepasados Tyospaye Oyuhupi, con legitimidad jurídica, moral, e incluso utilizando semillas silvestres naturalizadas de la campaña Hemp for Victory. A pesar de todo ello, en un acto hipócrita y deslegitimizado, los cultivos fueron destruidos por la Drug Enforcement Administration, durante tres años.

La presión sobre Alex White Plume fue tal que Bruce Ellison, su abogado, le instó a firmar la autorización para que tanto la DEA como el FBI entrasen, buscasen y destruyeran las plantas dentro de su propiedad, para evitar la acusación de obstrucción a la justicia por supuesto tráfico de estupefacientes.

La indefensión que esto produce como agricultor convencional es enorme, y Alex reconocía que se enfrentaba a penas de 10 a 100 años por cultivar cáñamo, si era procesado.

El 27 de julio de 2001 el Fiscal Federal de Dakota del Sur Michelle Tapken autentificó este consentimiento en una carta, que a su vez confirió inmunidad a Pluma Blanca para ser procesado por delitos de narcotráfico al mostrar su disposición a cooperar con las autoridades, desvinculándolo de hechos delictivos, que evidentemente nunca se habían producido. Así, la incautación de las plantas no serían usada en su contra en el proceso penal, pero la inmunidad obligaba a no cultivar más el cáñamo si no existía una autorización de la Corte Federal de Distrito.

Los Lakota comunicaron su intención de plantar y plantaron, pero es evidente que no pidieron “permiso”, amparados por acuerdos soberanos de 1868, aparte de que su orgullo e idiosincrasia como Nación Independiente no les hace sentir estar unidos al gobierno, como este pretende. Además, no cometían delito alguno.

La DEA y el departamento Federal de Justicia abandonaron la vía penal, aunque Alex siguió cultivando y pasó a ser civil, mediante una orden de restricción temporal, TRO, aunque las condiciones de inmunidad no se cumplieron.

Podría pensarse que o bien no consideraban prudente dar más publicidad al asunto, al poder resquebrajarse públicamente el entramado que evita el cultivo del cáñamo industrial, o incluso el hecho de que no tuvieran base legal para acusar falsamente a Alex de algo tan grave bajo las leyes de la DEA.

Es evidente que desde el inicio fue como una partida de ajedrez en la que la   realidad no se deja estrangular bajo leyes y poderes injustos, resultando ser un juego de poder a poder en el que los Lakota contraatacaron.

El 30 de agosto de 2002 los acusados presentaron un denuncia en la que los Estados Unidos era el demandado. Con este movimiento la causa civil debería ser desestimada y crear otra TRO contra el gobierno que diera como resultado la no injerencia en el cultivo de cáñamo, evitando que interfieran sobre su derecho agrícola. Esta demanda incluía e incidía en razones legales que no amparan al CSA a actuar contra el cáñamo en terreno indígena, y por tanto la jurisdicción sobre la producción es enteramente Lakota, no justificándose entonces las intervenciones.

Auténticos aliados y compañeros de lucha de Alex fueron la SL Delaware y la Compañía Madison de Cáñamo y Lino, de Kentucky, que se sumaron al proceso como demandados, sumándose como acusados junto a Alex, y a la vez como demandantes contra el gobierno, esgrimiendo vinculaciones legales y comerciales entre ambos, habiendo sido también parte perjudicada.

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Estas empresas tenían firmado un acuerdo comercial con Alex White Plume para suministrarle semillas de siembra, medios técnicos y asesoramiento, además de comprarle la producción a unos 250 dólares el fardo apoyándolo así para poder continuar generando ingresos gracias a la transformación en productos concretos.

Todo esto fue debido a que el 13 de Agosto del 2002 el Juez Richard Battey había emitido una (TRO) contra el Wa Cin Hin Ska Tiospaye, el clan de Alex, que les impedía vender el cáñamo cosechado a principios de agosto a estas compañías.

Que esta restricción temporal pasase a ser permanente es algo que nunca ocurrió judicialmente, lo cual también hace sospechar que no tuviesen base legal. Es decir, que todo gira en torno al hecho central de si el cáñamo puede ser considerado legalmente como una sustancia controlada y si viola el Código 21 de los Estados Unidos (USC) en el que están incluidas las leyes de Sustancias Controladas (CSA), quedando los tallos, semillas y aceites del cáñamo sin THC en un territorio de vacío legal, no sabiendo si dicho código tiene potestad para detener los usos comerciales de ellos, aunque claramente los nombran como partes “legales” al igual que hace el artículo 28 de la ONU del 1961.

De cualquier modo, esa orden judicial interrumpió el beneficio económico que pudiera derivar de las cosechas de cáñamo, algo que les ha ocurrido a la familia Pluma Blanca hasta en las tres campañas de cultivo. A su vez, la espera de decisiones legales previas a la nueva época de siembra también les crea serias incertidumbres e incomodidades.

El abogado de Woody Harrelson, Thomas J Ballanco, el 17 de septiembre de 2002 también se personó como imputado, en connivencia con el Tiyospaye o comunidad que realizó los cultivos de cáñamo, ya que la dureza con la que las leyes tratan a cualquiera que tenga vinculación con los demandados activó la solidaridad y el apoyo moral de todos los activistas que recolectaron, asumiendo el mismo destino que pudiera deparar la ley a Alex y su familia. Finalmente, las empresas sí fueron admitidas como demandadas el 22 de octubre, pero no el abogado T. Ballanco, que fue desestimado. Los tres volúmenes de expediente acabaron el 9 de enero de 2003 en la Corte de Apelaciones del Octavo Distrito.

Como habéis podido comprobar, en este capítulo la batalla de la familia White Plume profundiza en las raíces de la prohibición del cáñamo en los Estados Unidos y se pierde en un proceso de interpretaciones legales que poco a poco seguiremos desentrañando, ya que es ahí, en ese mar procesal, donde podría residir la solución y la esperanza de que el cáñamo sea finalmente la herramienta con la que cuenten definitivamente los Sioux Lakota en su misión de salvación de la tierra, que es la principal creencia y leit motiv del noble y luchador Alex White Plumbe.

Referencias

http://en.wikipedia.org/wiki/Removal_of_cannabis_from_Schedule_I_of_the_Controlled_Substances_Act

 

 

 

Acerca del autor

Muchos años luchando en la sombra para que el cannabis florezca al sol.