El Estado Mexicano no puede seguir actuando con mojigatería. La experiencia mundial obliga a replantear la forma en que se ha tratado el tema de la marihuana.

“(…) Fumar marihuana (…) evoca atmósferas de relajamiento, de euforia, de goce sensual (…) Es, para algunos, el descanso del fin del semana, el escape en un momento de placentero ensueño donde uno puede dejar correr su imaginación, recrear las ideas más fantasiosas, dejar divagar el pensamiento, soltar las tensiones inducidas por las múltiples obligaciones del mundo moderno. Es como darse el derecho a un recreo, a un paréntesis”. Extracto de ‘Marihuana y salud’, libro coordinado por Juan Ramón de la Fuente…

El debate que abrió el ministro Arturo Zaldívar sobre el uso de la marihuana con fines recreativos es de trascendencia nacional. Sus repercusiones van mucho más allá del amparo interpuesto por integrantes de una organización civil, ya que puede cambiar paradigmas establecidos desde el siglo pasado y reforzados en la administración de Felipe Calderón para combatir el tráfico de drogas.

No sólo eso, puede ejercer presión sobre su uso medicinal a partir del caso de Grace, la niña de Monterrey que padece un severo tipo de epilepsia y que luego de probar todos los tratamientos que hay en el país sin éxito, recibió sus primeras dosis de Cannabidiol, un aceite derivado del cannabis.

En el fondo, el debate esconde un severo enfrentamiento entre los poderes Ejecutivo y Judicial sobre dos visiones totalmente opuestas de un mismo problema; además de que evidencia contradicciones notorias que hay en la ley sobre este fenómeno (se permite la posesión, pero se castiga su compra). Lo cierto es que el tema ya escaló al ámbito nacional, y las autoridades no podrán seguir haciendo oídos sordos, por lo que tendrán que asumir una postura, a favor o en contra, y dejar de evadir el tema.

EL DICTAMEN DE LA POLÉMICA

El proyecto de dictamen del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea autoriza el consumo personal de marihuana con fines lúdicos y recreativos a los integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Tolerante y Responsable (SMART), bajo el argumento de que la prohibición absoluta del enervante “es contraria al libre desarrollo de la personalidad”.

Permite —sólo a quienes interpusieron el amparo— la siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte del enervante, pero única y exclusivamente con fines de consumo lúdico y personal, por lo que no podrían comercializarla.

La historia empezó en 2013 cuando los integrantes de este grupo, Josefina Ricaño, Armando Santacruz y Juan Francisco Torres Landa, junto con el abogado Fabián Aguinaco, presentaron el amparo 237/2014, luego de que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) les negó realizar todas las actividades antes descritas para el autoconsumo del cannabis.

Sufrieron un doble revés, primero en un Juzgado de Distrito y luego en un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, por lo que decidieron llevar el caso hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El expediente fue turnado al ministro que declaró “parcialmente inconstitucionales” los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud.

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“Este Alto Tribunal considera que pertenece al estricto ámbito de la autonomía individual protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la posibilidad de decidir responsablemente si desea experimentar los efectos de esa sustancia, a pesar de los daños que esta actividad pueda generarle a una persona”, se lee en el proyecto de dictamen.

El documento, cuya discusión fue pospuesta una semana, establece que la marihuana por sí misma no induce a la comisión de delitos violentos y que, por el contrario, inhibe los impulsos de agresión del usuario pues, en general, produce estados de letargo, somnolencia y timidez.

“De acuerdo con la información disponible, en México sólo el 10 por ciento de las personas que cometieron algún delito lo hicieron bajo el influjo de alguna droga, y de estos sólo el 11 por ciento había consumido marihuana”, se lee en la disertación del ministro.

Agrega que, aunque su uso se asocia a consecuencias antisociales o antijurídicas, estas pueden explicarse por otros factores como el contexto social del consumidor o al propio sistema punitivo de la droga. Un sistema, por cierto, a todas luces contradictorio que autoriza la posesión de la marihuana, pero castiga su compra.

La Ley contra el Narcomenudeo promulgada en 2009 establece las cantidades mínimas que cada ciudadano puede portar sin riesgo a ser procesado penalmente.

Desde esa fecha, cada ciudadano tiene el derecho de portar psicotrópicos, siempre y cuando sean para uso personal e inmediato. Dos gramos de opio; 50 miligramos de diacetilmorfina o heroína; 5 gramos de cannabis sativa o marihuana; 500 miligramos de cocaína (piedra o crac); 0.015 miligramos de LSD o ácidos; y 40 miligramos de MDA (cristal, hielo, éxtasis, anfetas o speed.

Si alguien es detenido con una cantidad igual o menor a lo estipulado, la autoridad debe remitirlo al Ministerio Público donde se le recomendará tomar un tratamiento contra adicciones. Si es reincidente hasta por tres ocasiones, será obligatorio.

Sin embargo, la Ley General de Salud estipula, en su artículo 235, la prohibición de la siembra, cultivo o cosecha de cualquier estupefaciente y el artículo 194 del Código Penal considera una pena de entre diez y veinticinco años por producir o transportar narcóticos, y penas de tres a seis años de cárcel por poseer droga para comercializarla.

LA EXPERIENCIA MUNDIAL Y LOS INTENTOS FRUSTRADOS EN MÉXICO

A finales de 2013, Uruguay marcó un precedente a escala mundial cuando su Congreso aprobó una ley que legaliza el comercio de la marihuana, desde su portación y cultivo hasta su transporte y venta, convirtiéndose así en el primer país del plantea que regula totalmente el comercio de la marihuana.

Argentina, Chile, Colombia, Jamaica y España permiten el cultivo de plantas sólo para consumo personal; mientras que Ecuador, Perú y los Países Bajos consideran legal la posesión de entre 8 y 20 gramos para el consumo personal.

En Estados Unidos, Alaska y Colorado son los únicos estados donde está autorizado el consumo, cultivo y producción de cannabis con fines medicinales y recreativos. En otros como Arizona, Hawái, Michigan y Nueva Jersey, el uso de la marihuana está permitido sólo como remedio medicinal, aunque se requiere de receta para adquirirla en un establecimiento determinado.

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México también ha llegado tarde a esta discusión. En el Congreso de la Unión y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) hay varias iniciativas pendientes de dictaminación. Estos son sólo tres ejemplos recientes.

Una es la presentada en 2012 por el entonces diputado del PRD Fernando Belaunzarán que propone permitir el consumo de marihuana con fines recreativos, lúdicos y medicinales, regulando también la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de cannabis.

El año pasado, el PRD y un grupo de académicos presentaron un proyecto ante la ALDF en el que se sugiere crear espacios de tolerancia para la distribución de marihuana mediante la figura de coffee shops.

Una más, también de carácter federal, es la iniciativa que da a los estados la facultad de implementar una política de reducción de riesgos y daños en el consumo de cannabis con fines terapéuticos y de investigación científica.

Propone reclasificar las drogas prohibidas para que el cannabis pase del grupo 1 (el más restrictivo), al grupo 3, que corresponde a sustancias que tienen valor terapéutico, pero pueden constituir un problema para la salud pública; así como aumentar la cantidad permitida para consumo personal.

Las entidades federativas tendrían el control sanitario relacionado con los estupefacientes, podrían regular su cultivo y castigar los delitos de narcomenudeo.

Hoy, el Estado Mexicano no puede seguir actuando con hipocresía. La experiencia mundial obliga a replantear la forma en que se ha tratado el tema de la marihuana. El costo de la guerra contra el tráfico de drogas ha sido altísimo, y poco efectivo. Además, estudios médicos revelan los beneficios terapéuticos que pueden tener los derivados de esta yerba.

La polémica que existe desde hace años por el tema se ha transformado en un debate serio de alcances constitucionales y científicos. Enhorabuena por ello. Ojalá la Corte esté a la altura.

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Acerca del autor

Muchos años luchando en la sombra para que el cannabis florezca al sol.