La calificación de un usuario de cannabis como “usuario terapéutico” es una cuestión que se plantea con frecuencia dentro de las Asociaciones y Clubes Sociales de Cannabis.

Muchas de estos colectivos pretenden no sólo autoabastecer a usuarios recreativos de su preciada hierba, sino trabajar también dentro del campo del cannabis terapéutico. La variabilidad en este sentido es tan amplia como la vida misma. Tenemos que reconocer y destacar el trabajo de asociaciones que proporcionan información válida y rigurosa a los pacientes que se acercan a preguntar y resolver sus dudas sobre aspectos que sus médicos no se atreven, no saben, no quieren o no pueden valorar.

Son asociaciones que se esmeran en los procesos de selección e identificación de las variedades más adecuadas para el uso terapéutico, que someten sus productos a análisis químicos para cuantificar la cantidad y variedad de cannabinoides presentes en los productos finales y que cuentan con el trabajo de médicos facultativos para orientar al paciente. Estas asociaciones cumplen una función social que no está suficientemente reconocida, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de pacientes susceptibles de utilizar cannabinoides de forma terapéutica y que de otra forma se verían abocados a recurrir al mercado negro.

Pero no nos engañemos, también existen otras asociaciones que utilizan el reclamo de lo “terapéutico” como manera de lavar su imagen y que no cumplen ni se interesan por los requisitos mencionados.  En el momento actual, cualquier asociación puede denominarse como terapéutica o incluir aspectos terapéuticos en sus objetivos sin que existan normas o condiciones al respecto. De entre las propuestas de regulación del cannabis que distintas Comunidades Autónomas, Federaciones y Organismos están presentando y a las que he tenido acceso (ENCOD, EUSFAC, Navarra…), únicamente la de la FEDCAC hace referencia explícita a los socios terapéuticos. En el documento disponible on-line se señalan unas condiciones mínimas:

“un documento que acredite la enfermedad que se padece y que sea susceptible de ser tratada con cannabis (…) que solo puede ser entregado por profesionales de la salud y/o médicos oficiales (…) Únicamente un médico y/o profesional de la salud acreditado puede orientar acerca de las cantidades adecuadas para cada paciente según su patología, necesidades, circunstancias y realizar un posterior seguimiento, siendo de vital importancia poder contar con informes oficiales (…)” 

Y más adelante se añade (la letra en negrita es mía):

“En el caso que una asociación tenga socios terapéuticos se recomienda disponer de un médico para hacer un seguimiento y así evitar posibles contraindicaciones y riesgos.”

Cabe hacer algunas críticas constructivas a los enunciados. La referencia a los “profesionales de la salud” resulta algo ambigua ya que resultaría chocante que esta orientación la pudieran hacer veterinarios, podólogos, optometristas o logopedas por el mero hecho de serlo. Y si se considera importante la orientación profesional según patologías, necesidades y circunstancias, así como evitar contraindicaciones y riesgos, parece necesario no sólo “recomendar” sino “exigir” la intervención de un médico titulado, a ser posible con experiencia en el campo que nos ocupa. ¿Peco de corporativismo? Puede ser, pero creo que no es insensato proponer que una Asociación Terapéutica cuente con un médico que garantice la correcta evaluación y atención de los pacientes terapéuticos y en quien recaiga además la responsabilidad en aspectos puramente sanitarios o legales que se deriven de éstos.

El documento además “recomienda facilitar el acceso usuarios terapéuticos con descuentos y otras ventajas” aunque señala que “cada asociación es libre de establecer la política que crea más conveniente”. En este sentido también conviene hacer algunas reflexiones. Es indudable que la enfermedad y las circunstancias económicas desfavorables coinciden en muchas ocasiones y es loable la buena intención de proporcionar facilidades al acceso para aquellas personas que verdaderamente lo necesiten. Pero un exceso de facilidades también abre la puerta a que algunas personas, quizá por necesidad económica, pretendan forzar su inclusión como terapéuticos para beneficiarse de ellas. En mi experiencia profesional con asociaciones, ésta es una circunstancia que sucede con cierta frecuencia. Hace poco valoré a una mujer de mediana edad que aportaba una documentación que no justificaba en absoluto su consideración como terapéutica. La señora se mostró muy contrariada cuando le manifesté que no podía ser catalogada como terapéutica según mi criterio profesional y se quejaba de que “iba a tener que pagar más”. Curiosamente los informes que aportaba procedían del hospital privado no concertado más caro de Madrid y el domicilio de la paciente estaba en uno de los barrios más exclusivos de la capital. El caso es anecdótico pero es ilustrativo de una situación que, en mi experiencia, se repite curiosamente más entre aquellas asociaciones que más facilidades prestan a sus pacientes terapéuticos. Con esto no quiero decir que desaconseje a las asociaciones facilitar beneficios a sus socios terapéuticos, pero sí señalar que a veces las buenas intenciones pueden dar lugar a abusos.

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Otra cuestión de importancia es delimitar qué tipo de personas pueden ser clasificadas como “usuarios terapéuticos de cannabis”. En ocasiones se proponen listas de enfermedades o patologías en las cuales el cannabis ha demostrado utilidad como criterio para la inclusión de un paciente. La más conocida es la lista de la Asociación Internacional por el Cannabis como Medicamento (IACM), que en un documento web (1) señala una serie de enfermedades, síntomas y condiciones en las que el cannabis o los cannabinoides han demostrado eficacia.

Pero el uso de la lista de la IACM en este sentido es un grave error. La IACM es una Sociedad Científica de referencia a la hora de hablar del cannabis, pero la información contenida en la página no  es un documento o consenso técnico dirigido a la evaluación de pacientes, sino una página divulgativa que sólo pretende informar al público general sobre los usos terapéuticos del cannabis. Se mezclan indicaciones claras para el uso del cannabis (como las nauseas y vómitos inducidos por quimioterapia) con síntomas generales e inespecíficos como “dolor” o “prurito” y otras circunstancias en las que el uso del cannabis en alguna de sus formas puede estar contraindicado (“asma” o los más generales “síntomas psiquiátricos”).

Por otra parte, en medicina existen muy pocas patologías o síntomas para las cuales exista un único tratamiento eficaz, seguro y adecuado para todos los pacientes. Algunos diabéticos se controlan con dieta, otros utilizando más de los 30 fármacos distintos disponibles por vía oral y otros con insulina o insulina y medicamentos. De la misma forma, el hecho de padecer una enfermedad o síntoma para la que el cannabis o los cannabinoides han demostrado eficacia no quiere decir, per se, que sea la única opción disponible, ni tampoco la mejor para todos los pacientes.

Es necesario tener en cuenta factores como el sexo, la edad, el estado general de salud, la experiencia previa con cannabis, el grado de eficacia de otras alternativas terapéuticas disponibles, la forma y vía de administración, la existencia de enfermedades o condiciones que contraindiquen absoluta o relativamente el uso de cannabinoides, las posibles interacciones farmacológicas con otros tratamientos, etc. Quizás así se entienda mejor cuando señalaba que parecía sensato exigir como requisito el trabajo de un médico a la hora de valorar y aconsejar sobre uso terapéutico de cannabis dentro de una asociación, ya que son tantos los factores a considerar que parece el profesional más adecuado para garantizar un uso terapéutico adecuado.

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Existen distintos grados de evidencia científica para poder recomendar el uso de cannabinoides como medicación. Existen enfermedades para las que el uso de cannabinoides se ha estudiado con ensayos clínicos rigurosos y hay sólidas evidencias científicas sobre su eficacia y seguridad. Se trata sobre todo de las indicaciones aprobadas para fármacos como el THC sintético para administración oral o el spray de cannabinoides para administración sublingual obtenido a partir de plantas clonadas que expresan proporciones fijas de THC y CBD: síntomas de esclerosis múltiple, nauseas y vómitos asociados a quimioterapia, síndrome de caquexia y anorexia asociado a SIDA, dolor de características neuropáticas, etc.

En otros casos no existen ensayos clínicos robustos, pero sí de pequeño tamaño, o series de casos de pacientes, o suficientes datos de investigación básica como para suponer que los cannabinoides puedan tener eficacia: enfermedades autoinmunes (colitis ulcerosa, enfermedad de Crohn, artritis reumatoide, lupus eritematoso sistémico, espondilitis anquilopoyética, etc.), fibromialgia y síndrome de fatiga crónica, algunas enfermedades neurodegenerativas, trastornos del movimiento, etc. En otros casos el cannabis no es tratamiento de elección  pero puede considerarse en algunas circunstancias: el caso paradigmático sería el del glaucoma. Pese a que suele figurar en muchas de las listas sobre cannabis terapéutico, no resultaría absurdo pretender que un psicoactivo por vía intrapulmonar u oral sea el tratamiento de elección para una enfermedad que puede tratarse de forma eficaz y segura con gotas en los ojos. Lo que es distinto de la situación de un paciente que utiliza el cannabis de forma habitual y además padece un glaucoma: puede seguir haciéndolo con la garantía de que, si existe algún efecto sobre la enfermedad, será potencialmente beneficioso.

Terminaré el artículo con una reflexión final acerca de la relación entre el cannabis terapéutico y el movimiento cannábico. He destacado entre otras cosas en este artículo la noble labor que llevan a cabo muchas asociaciones, la necesidad de profesionalizar los aspectos que tienen que ver con el uso terapéutico dentro de ellas y la conveniencia de incluir recomendaciones en las propuestas políticas. Pero no olvidemos que el cannabis terapéutico es una cuestión científica y que las asociaciones deberían poner todos sus esfuerzos en la reivindicación del uso lúdico. No sea que nuestras autoridades se tomen en serio el tema terapéutico y confinen su control y distribución exclusivamente a través de la Agencia Española del Medicamento. No creo que ese sea el objetivo…

Acerca del autor

Fernando Caudevilla (DoctorX)
Médico de Familia y experto universitario en drogodependencias. Compagina su actividad asistencial como Médico de Familia en el Servicio Público de Salud con distintas actividades de investigación, divulgación, formación y atención directa a pacientes en campos como el chemsex, nuevas drogas, criptomercados y cannabis terapéutico, entre otros.